Niña de 13 años, víctima de ‘falsos positivos’, y otros horrores del Batallón La Popa

La segunda imputación de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) en el caso de los ‘falsos positivos’ reveló cómo un grupo de 15 militares, en alianza con paramilitares, asesinó y presentó como guerrilleros a 127 personas, entre ellas varios jóvenes e integrantes de comunidades indígenas.

En el año 2002, cuando el coronel Publio Hernán Mejía asumió la comandancia del Batallón de Artillería No.2, con sede en Valledupar, esta unidad militar se embarcó en una violenta lógica contrainsurgente que la llevó a aliarse con los paramilitares del Bloque Norte de las autodefensas unidas de Colombia (AUC).

Entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005, dicha alianza organizó un plan y una estructura criminal para asesinar a personas señaladas de pertenecer a grupos armados ilegales sin verificar esos señalamientos. El objetivo era aumentar los indicadores de éxito militar en el Batallón La Popa.

Seleccionaron víctimas en condición de vulnerabilidad, incluyendo personas sin familiares que los intentaran buscar y a quienes engañaron mediante promesas de presuntos trabajos legales o ilegales, para captarlas y asesinarlas. Los perpetradores escogían a estas personas porque presumían que la sociedad no reclamaría por su muerte”, revela la JEP

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En este periodo de tiempo fueron asesinadas 127 personas. Tan solo en la comandancia de Mejía, según la sala de reconocimiento del tribunal especial, el 87 por ciento de los resultados operacionales reportados por el Batallón La Popa fueron asesinatos y desapariciones.

Para cometer los crímenes, los militares se apoyaron en paramilitares que asesinaban, entregaban o señalaban a la víctima. Para ‘legalizar’ las muertes, los uniformados armaban combates ficticios, movían los cuerpos y realizaban montajes con armas y prendas de militares.

Muchos de los implicados en estos casos recibieron reconocimientos y beneficios como parte de una estrategia para promover mayores resultados. Para la JEP, “permisos, viajes, descansos y pagos en dinero, acompañados de una permanente presión por bajas, fueron usados por la comandancia del batallón”.

Con la salida de Mejía, a finales de 2003, el teniente coronel Juan Carlos Figueroa asumió el cargo hasta 2005. En este periodo las prácticas continuaron; incluso, revela la JEP, se incrementaron las recompensas a los militares por cada caso.

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Las víctimas del Batallón La Popa

La JEP imputó a los 15 militares los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, contemplados en el Código Penal. Ambas conductas, además, constituyen crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada de personas, y el crimen de guerra de homicidio.

La mayoría de las víctimas eran miembros de la población civil que nunca habían participado en las hostilidades y, aunque hay algunas que fueron señaladas como guerrilleros, milicianos, auxiliadores de la guerrilla (…) estas no se encontraban participando directamente en las hostilidades, por lo que el uso de la fuerza letal no estaba justificado”.

Una buena parte de los casos, 121 en total, además de ser ejecuciones extrajudiciales fueron desapariciones forzosas. “En esos casos se ocultó el paradero de las víctimas que se presentaron como ‘bajas en combate’ sin identificación”.

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Señala la JEP que la materialización de los daños por este crimen se evidencia a nivel individual y familiar, con la afectación a los proyectos de vida de los involucrados. Asimismo, argumenta que muchas de las víctimas eran el sustento económico de sus familias. En otros casos, el sufrimiento fue mayor por la incertidumbre de no conocer el paradero de sus seres queridos.

Muchas mujeres debieron continuar con las labores de crianza de sus hijos solas y otros hijos perdieron a sus padres o madres, sin contar con su acompañamiento y cuidado. En otros casos, el asesinato ocasionó que su núcleo familiar tuviera que desplazarse, por miedo o por la búsqueda de nuevas oportunidades de subsistencia”.

El daño a los pueblos wiwa y kankuamo

Los pueblos wiwa y kankuamo son dos de las etnias indígenas que habitan la Sierra Nevada de Santa Marta. Según la JEP, estas dos comunidades fueron víctimas de un daño grave, diferenciado y desproporcionado por parte de los imputados.

Esto llevó a una ruptura del sistema de creencias, la ruptura de la confianza colectiva, la imposibilidad de realizar los duelos, el miedo crónico que afectó las relaciones comunitarias, la polarización social y el descrédito de las instituciones”.

Las investigaciones han comprobado que, de las 127 ejecuciones extrajudiciales, 12 corresponden a miembros de las dos etnias. Lo más impactante es que, de estas víctimas, tres eran jóvenes wiwa, entre los que está una niña indígena de 13 años que se encontraba en estado de embarazo.

La muerte de la niña, cuyo nombre era Nohemí, tuvo un fuerte impacto para la comunidad wiwa, debido a la cosmovisión de esta etnia. Se trata de un daño “no solo asociado con la supervivencia de la comunidad, sino con su función como portadoras de la cultura”.

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La imputación de la JEP desarrolla varios elementos al respecto, relacionados con el enfoque diferencial de género y etnia. Incluso, señala que debe tenerse en cuenta los daños al territorio de wiwas y kankuamos, pues estas comunidades atribuyen un sentido interlocutor, de consulta, sujeto de derechos y bienestar.

Por último, la JEP también condenó el asesinato de adolescentes como una muestra clara del impacto del conflicto armado en la niñez. Asimismo, resaltó que los presuntos responsables del Batallón La Popa llevaron su condenable práctica hasta el punto de asesinar y desaparecer personas con discapacidades cognitivas.

Batallón La Popa y los falsos positivos en comunidades indígenas
La JEP condenó el asesinato de adolescentes como una muestra clara del impacto del conflicto armado en la niñez.

Esta forma de instrumentalización de personas en condiciones de extrema vulnerabilidad pone de manifiesto el daño asociado a la idea de que las personas en condiciones de discapacidad son prescindibles en la sociedad, una constante que ha llevado a perpetuar conductas de marginación, que se concentran en prácticas deleznables como la “limpieza social” y que, a su vez dañan a la sociedad en tanto le impiden reconocerse como diversa”, concluye el tribunal.

Con esta nueva imputación, ya son 23 los miembros del Ejército que deberán responder oficialmente por los crímenes de los ‘falsos positivos’. Víctimas e imputados tendrán 30 días para pronunciarse. Transcurrido este tiempo, la JEP deberá adoptar una sanción reparadora si existe reconocimiento; de lo contrario, podrá imponer penas de hasta 20 años de prisión.

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