En salud, la mayoría promete cumplir lo que está escrito
Se puede decir que gran parte del discurso de los candidatos a la Presidencia de la República redunda en torno a la normatividad que ya rige el sistema de salud colombiano, pero no se cumple.
El énfasis de los candidatos en las medidas preventivas de la enfermedad está lejos de ser una propuesta novedosa, ya que está promulgada por la Ley 100 en salud, en su apartado de Derechos y Deberes; adicional a lo establecido en la Resolución 04288 del Plan de Atención Básica del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) de 1996 y la misma Constitución Política.
En caso de que cualquier administración busque reforzarla, sería a través de la penalización de los usuarios que falten a este deber, lo cual es tema de polémica en el gremio de la salud y las sociedades de pacientes en todo el mundo, porque implicaría violar derechos como la autodeterminación, también garantizada por la normatividad colombiana.
Uno de los puntos fundamentales y que es abordado por todos los candidatos es la contratación por orden de prestación de servicios (OPS), que surge cada cuatro años en las presidenciales, ya que es favorecida por las EPS e IPS con el fin de evitar el pago de prestaciones sociales.
Puede leer: Así manejan la plata los candidatos presidenciales en sus campañas
Por esto se promulgó, en 2007, con la Ley 1122, que limitó el porcentaje de contratación por intermedio de terceros por parte de las EPS, IPS y el régimen subsidiado. Sin embargo, para enero de 2021, la Procuraduría General de la Nación estimó que el 71 por ciento de los contratos del personal de salud en Colombia fue tercerizado y por prestación de servicios, y se ha incrementado en las entidades del Estado.
Aunque la Corte Constitucional impuso límites al “uso indiscriminado” de esta modalidad de relación laboral (sentencia T-723 de 2016), su implementación aún es sistémica en todos los sectores laborales.
Además, una causa de las inequidades en la prestación de los servicios de salud es que la afiliación al sistema depende de los ingresos, por tanto, la mejoría de la atención a las poblaciones alejadas estaría condicionada a los resultados de las políticas rurales que el próximo presidente de la República implemente en su cuatrienio.
Desde 1990, el modelo neoliberal introdujo la descentralización al sistema de salud colombiano. Actualmente, la atención médica en las regiones está regulada por la resolución 2626 de 2019, que adoptó el Modelo de Acción Integral Territorial (MAITE), y el Sistema General de Participación (Ley 715 de 2001 y Ley 1176 de 2007).
Mejorar el acceso a los servicios a través de la telemedicina —como plantea, por ejemplo, Federico Gutiérrez—, ya reglamentada por la resolución 2654 de 2019, dependería de los avances en las tecnologías de información y comunicaciones (TIC).
Esta tarea no es menor si se tiene en cuenta que, el año pasado, solo el 23,9 por ciento de las familias rurales en el país tuvo acceso a Internet, mientras que en el total nacional el porcentaje fue de 56,5. A esto se le suma que hay departamentos enteros donde la conexión es casi nula (en Vaupés, para abril de 2022, fue de 0,13 por ciento y, en Amazonas, de 1,64 por ciento, según cifras del mismo Ministerio de las TIC).
2 Comentarios