Lo que el informe de la CIDH realmente dice versus lo que el Gobierno ‘entendió’

Contrario a lo que dijo el presidente Iván Duque, la CIDH no ha recomendado ser “tolerantes” con conductas criminales. Las sugerencias, que algunos consideran una extralimitación de la Comisión, están encaminadas a garantizar la protesta pacífica.

El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con recomendaciones sobre el manejo de las protestas ha generado una fuerte respuesta por parte del Gobierno.

Y es que la CIDH advierte que “en reiteradas ocasiones (…) la respuesta del Estado se caracterizó por el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, en muchos casos, incluyendo la fuerza letal”. Además, el informe llama la atención en que esa respuesta aún tenga la lógica del conflicto armado.

En contexto: CIDH recomienda no prohibir bloqueos y separar a la Policía del MinDefensa

Ante este panorama, la comisión recomendó prohibir el uso de la fuerza letal en las manifestaciones y tramitar una ley que garantice el derecho a la protesta conforme a estándares internacionales.

También pidió sistematizar los datos sobre desaparecidos, fallecidos, detenidos y heridos durante las protestas, pues la CIDH encontró inconsistencias en la información que presentaron las propias entidades del Estado.

Asimismo, recomendó crear una comisión para buscar a los desaparecidos, en la que participen sus familiares. (Todas las recomendaciones las puede consultar en este enlace).

Pero los puntos que generaron más molestia son los de la policía y los bloqueos. La CIDH advierte que los bloqueos no se pueden prohibir y pidió separar a la Policía Nacional y al Esmad, del Ministerio de Defensa para darles un enfoque más ciudadano.

Los bloqueos y el informe de la CIDH

Aunque el presidente Iván Duque dijo que recibía el informe “con espíritu constructivo”, criticó duramente la recomendación de no penalizar los bloqueos. En ese punto, Duque cuestionó que la CIDH los llamara “cortes de ruta”.

“No empecemos a atenuarlos. No los llamemos cortes de ruta. No tratemos de relativizar lo que son en realidad, porque el bloqueo lo que busca es la afectación de los derechos de los demás”, dijo el presidente este miércoles.

(Escuche el pronunciamiento de Duque desde el minuto 15:45)

“Cortes de ruta”, sin embargo, es el término que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos usó en su documento sobre estándares para la protesta, publicado en 2019.

Además, en el informe que presentó este miércoles, la CIDH no deja de llamar “bloqueos” a los cortes de ruta y reconoce que en algunos casos sí se presentaron afectaciones de derechos.

“La Comisión (…) condena que algunos bloqueos hayan comprometido gravemente derechos como la vida, la provisión de alimentos, la potabilización de agua, la salud, entre otros”, dice el documento.

En contraste, Duque insistió en que el artículo 353A del Código Penal contempla los bloqueos como delitos y afirmó que la CIDH le estaba recomendado ser pasivo con el crimen.

Lea también: ¿Criminalizar los bloqueos durante la protesta social?

“Nadie le puede recomendar a un Estado democrático atenuar, ser pasivo, connivente o cómplice de alguna actitud, hecho o circunstancia que afecte los derechos colectivos”, aseguró el presidente.

La CIDH, sin embargo, no recomendó “ser pasivo” con situaciones que afecten los derechos colectivos. Por el contrario, el informe dice que el Estado puede apelar “a eventuales restricciones” a los bloqueos siempre y cuando lo haga con base “en consideraciones particulares” y que las restricciones “atiendan estrictamente al principio de legalidad, persigan un fin legítimo y sean necesarias en una sociedad democrática”.

En todo caso, la CIDH es clara en decir que si bien sí hubo bloqueos que generaron malestar en la ciudadanía, en algunos se registraron “múltiples expresiones pacíficas y culturales protegidas bajo amparo del derecho a la protesta”.

En ese sentido, dice el informe, no se puede hacer una generalización al tratar a todos los bloqueos como delitos, sino que se debe reaccionar de manera particular en cada caso.

(…) la calificación oficial genérica de los bloqueos como conductas al margen de la ley puede perder de vista las especificidades de cada corte de vía en particular, así como afectar la posibilidad de alcanzar soluciones negociadas por la vía del diálogo y la mediación”, dice.

Lea más sobre el informe: Violencia de género se usó como mecanismo de represión en el paro nacional

Es más, la comisión es enfática: los estados adheridos a la Convención Americana de Derechos Humanos (como Colombia) no pueden limitar la protesta sin demostrar “causas reales y objetivamente verificables” que puedan afectar gravemente el funcionamiento de las instituciones democráticas.

Además, expertos y organizaciones ya han advertido que excluir a los bloqueos de la protesta pacífica sería una medida inconstitucional, sobre todo si se hace vía decreto. La propia Corte Constitucional ha llamado la atención en que los bloqueos solo pueden ser considerados delitos si se hacen con medios ilícitos.

De otro lado, lejos de recomendar ser pasivos con las afectaciones, la CIDH pide también investigar, juzgar y sancionar a quienes cometan delitos durante las protestas.

La policía y el Ministerio de Defensa

La respuesta automática del Gobierno a este punto ha sido que la Constitución reconoce el carácter civil de la Policía Nacional a pesar de que está en el Ministerio de Defensa. En otras palabras, no atenderá la recomendación de la CIDH en ese sentido.

Además, ha dicho que ya se está contemplando una reforma a la policía para reforzar ese carácter civil.

Sin embargo, la CIDH aclara que está al tanto del proyecto y hace énfasis en que sea la justicia ordinaria la que se aplique en casos de violaciones de derechos humanos por parte de la fuerza pública. Al respecto, la comisión manifestó su preocupación al ver que se están considerando como “actos de servicio” algunas conductas del Esmad durante las protestas para llevar sus casos a la jurisdicción militar.

Por eso, la CIDH recomienda “asegurar que el fuero militar solo sea utilizado para juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar”.

Si la Policía está separada del Ministerio de Defensa, se lograría que casos que involucren a sus miembros sean procesados por la justicia ordinaria. De hecho, la CIDH destacó la decisión de la Corte Constitucional de quitarle a la justicia militar la competencia en el caso de Dilan Cruz, el joven que murió en las protestas de 2019.

Aunque no son obligaciones, es importante cumplirlas

Nancy Patricia Gutiérrez, consejera presidencial para los derechos humanos, le dijo a La W que muchas de las recomendaciones de la CIDH se ajustan a medidas que ya se están tomando. Con esto, Gutiérrez dio a entender que no se tendrán en cuenta varios puntos. Incluso, aseguró que la comisión no estaba teniendo en cuenta los esfuerzos que ya se han hecho para superar la crisis.

“No es una obligación cumplir con esas recomendaciones. Indiscutiblemente, muchos de los planteamientos, de las observaciones y de las recomendaciones coinciden con algunas de las decisiones que ha venido tomando el Gobierno (…)”, dijo la funcionaria.

“[En el informe de la CIDH] se hubiera podido hacer un reconocimiento a algunos de los temas que se adelantan en su conjunto en el Gobierno y en el Estado colombiano en materia de protección de derechos”, agregó Gutiérrez.

En efecto, las recomendaciones de la CIDH no son obligatorias, pues no son sentencias como las de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Sin embargo, tienen un valor moral y político que hace que sea importante tenerlas en cuenta.

Por ejemplo, no acatar las recomendaciones pondría a Colombia al nivel de países como Nicaragua, Cuba y Venezuela, que también han desestimado informes de la CIDH, como bien lo explicó el jurista Rodrigo Uprimny en RCN Radio.

“No sería apropiado invitar a la comisión para que haga su informe y luego rechazar el documento sin justificaciones muy sólidas”, dijo Uprimny.

En ese punto coincide el exmagistrado José Gregorio Hernández, que resalta el hecho de que haya sido el propio Gobierno el que invitó a la CIDH a hacer la visita. Para Hernández, si no se acatan las recomendaciones, sería tan ilógico como un paciente que no acepta el diagnóstico de un médico.

13 Comentarios

Deja un comentario

Diario Criterio