Las implicaciones del fallo que revive las curules de paz en la Cámara
No solo aumenta de forma temporal el número de representantes; el fallo ordena modificar el calendario electoral y define el quórum en casos de congresistas a los que se les aplica la silla vacía.
La Corte Constitucional revivió el acto legislativo que creaba 16 circunscripciones transitorias especiales de paz en la Cámara de Representantes, llamadas también curules de paz, y que se habían hundido en el Senado a finales de 2017 por falta de quórum.
Este era uno de los puntos clave del acuerdo firmado con las Farc, pues les daba representación en el Congreso a las víctimas del conflicto.
El fallo de la Corte Constitucional, que responde a una acción de tutela de Roy Barreras, trae algunos cambios respecto al acto legislativo inicialmente debatido, las elecciones de 2022 y el número de representantes a la Cámara.
Cambios en la Cámara de Representantes
En principio, el proyecto planteaba que las víctimas tuvieran las 16 curules para los periodos 2018-2022 y 2022-2026. Ahora, la Corte Constitucional ordena ajustarlo para que las circunscripciones apliquen desde 2022 hasta 2030.
Esto, además, cambia la composición de la Cámara de forma temporal. Actualmente, Colombia tiene 172 representantes, entre los que se cuentan los cinco que le corresponden al partido Comunes, nacido de la desmovilización de las Farc, y la fórmula vicepresidencial del candidato que obtuvo el segundo puesto en las elecciones de 2018.
En ese sentido, sumando las curules de paz, durante el periodo legislativo 2022-2026 la Cámara tendrá 188 representantes. Sin embargo, entre 2026 y 2030 serán 183. Esto se explica porque las cinco curules adicionales para el partido Comunes también son transitorias y se aprobaron para los periodos 2018-2022 y 2022-2026.
El plazo para inscribir candidatos
En este momento el plazo para inscribir candidatos al Congreso de la República se vence el 13 de diciembre de este año, según la resolución 2098 de 2021 de la Registraduría Nacional. La Corte Constitucional ahora ordena modificar el calendario para “permitir la inscripción y elección de candidatos para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz”. Esto podría significar una extensión del plazo. Sin embargo, las elecciones legislativas mantienen su fecha: domingo 13 de marzo de 2022.
Quórum en el Senado
En diciembre de 2017, 50 senadores votaron a favor de las 16 curules y siete se manifestaron en contra. A pesar de eso, la reforma quedó hundida porque se necesitaba la mitad más uno de los votos y el Senado tiene 102 legisladores. Sin embargo, la postura del presidente de ese momento, Juan Manuel Santos, era que el cálculo se debía hacer sobre 99 congresistas puesto que tres congresistas estaban en prisión (Bernardo ‘Ñoño’ Elías, Musa Besaile y Martín Morales).
Efraín Cepeda, entonces presidente del Senado, respondió que así fueran 99, las curules serían archivadas porque la mitad más uno de esa cifra era 50,5, no 50, de modo que faltó medio voto.
Santos, por su parte, anunció que acudiría a las cortes para salvar las circunscripciones.
El debate de los votos y la mayoría absoluta fue tan movido, que incluso el matemático Ignacio Mantilla, que para esa época era el rector de la Universidad Nacional, intentó mediar:
Ahora, la Corte Constitucional sostiene que, en efecto, el cálculo debía hacerse con 99 senadores y que los 50 votos obtenidos eran suficientes para considerar que hubo mayoría absoluta.
Las competencias del Congreso y la Corte Constitucional
Las curules de paz se revivieron con cinco votos a favor y tres en contra en la Corte Constitucional. Los tres magistrados que se opusieron a la decisión, en los salvamentos, argumentaron que la “tutela no es el medio judicial idóneo para resolver las discrepancias” dentro de los trámites del Congreso. Según ellos, la Constitución ya contempla mecanismos para resolver esas discrepancias.
Además, consideran que el alto tribunal invadió “la competencia del Congreso” y que esto es un “grave precedente judicial”, pues la corte no tiene autorización para ordenar trámites adicionales a lo que ya habían deliberado los senadores respecto a las curules.
“Siento que la Corte se extralimita porque, en su fallo, dice que la garantía de las curules va a ir del 2022 al 2026 (…), pero adicionalmente a eso incluye algo que ni siquiera está en el texto del acto legislativo y dice que también tienen derecho entre 2026 y 2030”, explicó a Diario Criterio Alfredo Pertuz, abogado constitucionalista.
“La Corte incluye un elemento que estuvo por fuera del espacio deliberativo dentro del Congreso, y eso inevitablemente tiene que entenderse como una intromisión gravísima del tribunal constitucional respecto de lo que decide el Congreso”, agregó.
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