¿Criminalizar los bloqueos durante la protesta social?

El ministro del Interior, Daniel Palacios, anunció que se excluirá de la definición de protesta pacífica aquella que implique bloqueos.

El pasado viernes Daniel Palacios informó de cambios que se harán para, según él, “garantizar los derechos de todos los colombianos en el marco de la protesta pacífica”.

Principalmente, Palacios anunció que se modificaría el decreto 003 de 2021 para definir qué es una protesta pacífica. y excluir de esa parte a los bloqueos de vías.

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“Se amplía la definición de manifestación pacífica. No constituye manifestación pacífica aquellas que promuevan el empleo de medios para obstaculizar de manera temporal o permanente las vías o infraestructura del transporte, tal como establece el Código Penal en su artículo 353A”, dijo el ministro.

“Tampoco constituye manifestación pacífica las que se convocan con fines ilegítimos, promueven la violencia, estigmatización y los demás mencionados en la sentencia C742 de 2012”, agregó.

Con el decreto 003 de 2021, como se recordará, el Gobierno reglamentó el protocolo de acciones para el uso de la fuerza en las protestas pacíficas y lo llamó ‘Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana’.

Esta reglamentación se emitió en respuesta a la sentencia STC7641 de 2020, de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema, que le ordenó a la presidencia “reestructurar directrices sobre el uso de la fuerza frente a manifestaciones sociales no violentas”.

¿Un anuncio inconstitucional?

Aunque la modificación al decreto 003 no se ha hecho efectiva, el anuncio ha generado una fuerte polémica porque se considera que el Gobierno no tiene la potestad para sacar a los bloqueos de la definición de protesta pacífica.

“En efecto, condicionar la protesta social o calificarla va en contra del derecho como tal. En ese sentido, sería inconstitucional. El decreto solo puede reglamentar y su alcance es específico frente a lo operativo”, explicó a Diario Criterio la abogada Mireya Camacho, PhD en Derecho.

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En un sentido similar, este miércoles, se manifestaron doce organizaciones, entre ellas DeJusticia, la Comisión Colombiana de Juristas y la Fundación para la Libertad de Prensa.

Dicen que así como no se puede regular el derecho a la protesta pacífica a través de una ley ordinaria, según la Corte Constitucional, tampoco se puede hacer con un decreto.

En este sentido, una regulación orientada a establecer los límites legales del derecho a la manifestación pacífica tampoco podría realizarse a través de un decreto”.

Asimismo, explican que un decreto no puede cambiar lo que dice la sentencia C-742 de 2012: “El único caso en el que el bloqueo de vías constituye un delito es cuando la obstrucción se hace a través de medios ilícitos”.

La polémica por el anuncio

Algunos piensan que los bloqueos, en el marco del paro nacional, sí pueden considerarse delitos: “Bloquear es un delito y es criminal. Coartarles los derechos al trabajo, a la salud y a la movilización a otros no puede ser utilizado como mecanismo de protesta. Una vía de hecho es una de las estrategias bélicas más complicadas en la historia”, dijo el senador del Centro Democrático Gabriel Velasco. 

“Cuando a una ciudad no se la podían tomar, la cerraban y la sitiaban, y con ello lo que generaban era que se aguantara hambre. No había agua, se acumulaban las basuras y un problema de salud pública y la ciudad se sometía; de manera que esa práctica es violatoria de los derechos humanos”, afirmó Velasco.

Las organizaciones, sin embargo, dicen que si bien los derechos a la libertad de locomoción y la libre movilidad, entre otros, deben garantizarse en las protestas, la modificación que propone Palacios “no garantiza ninguno de estos derechos”.

Por su parte, Jhon Freddy Restrepo, presidente del Sindicato de Trabajadores de la Dian, argumenta que esas acciones estigmatizan la protesta y aumentan la violencia.

“Nosotros siempre hemos estado abiertos al diálogo social, pero el Gobierno actual no escucha, solo oye. De otra manera no se explica que expidan un decreto que atenta contra varios derechos fundamentales, como la protesta y libre movilización social”, dijo el líder sindical.

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