El ‘rabo de paja’ de la procuradora Margarita Cabello

Cabello podría ser investigada por despilfarrar 160.000 millones anuales que cuestan los 1.200 funcionarios que contrató para cumplir las funciones jurisdiccionales que la Corte Constitucional le tumbó.

Margarita Cabello podría pasar a la historia como la Procudora más controversial de esa entidad de control disciplinario en Colombia.

Desde su elección como cuota política del clan Char de Barranquilla, pasando por los cuestionamientos porque su hijo es un megacontratista de la Costa Caribe, hasta la mano suave para sancionar a figuras públicas cercanas, pero dura con los opositores, hacen parte del cuestionado balance alrededor de la funcionaria Cabello.

Su nombre comenzó a sonar en los medios tras decisiones polémicas o ausencias calculadas en temas espinosos que salpicarían a políticos cercanos.

Pero el caso más reciente la pondría en la cuerda floja por cuenta de un presunto detrimento patrimonial por 160.000 millones de pesos.

¿La razón?

Resulta que su actuar como funcionaria al frente de una entidad tan importante como la Procuraduría quedó en la mira tras el reciente fallo de la Corte Constitucional a través del cual le quitó las funciones jurisdiccionales a la entidad.

O sea que la entidad de Cabello ya no podrá sancionar, suspender e inhabilitar a funcionarios de elección popular.

Ese revés se suma a que pocos perdonan que, en la era de Margarita Cabello, la Procuraduría se abstuviera de sancionar la junta directiva del caso Refinería de Cartagena S.A. (Reficar), o que nunca apareció a tiempo en el mega escándalo de Centros Poblados.

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También le cuestionan la exagerada celeridad con la que su entidad actuó en el caso de Triple A, la golpeada empresa de servicios públicos de Barranquilla, cuya mayoría accionaria le pertenece a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) y otro porcentaje a La Arenosa.

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José Daniel Rojas, director de la SAE, frenó hace poco la venta de acciones que la Triple A le haría a una sociedad mixta de Barranquilla, ante serias dudas por un presunto detrimento patrimonial que superaría el billón de pesos.

Cabe aclarar que esa venta de acciones de la SAE a la sociedad barranquillera la dejó amarrada el saliente gobierno del entonces presidente Iván Duque.

Sin embargo, para la Procuraduría de Cabello era más grave suspender la venta de esas acciones y enfrentar la multa por casi 60.000 millones de pesos que atender los cuestionamientos sobre el valor de las acciones.

Es decir, según la procuraduría de Cabello, es más importante evitar un detrimento patrimonial por la multa de 60.000 millones de pesos que el de un billón de pesos por subvaloración de la empresa.

Con ese argumento suspendieron del cargo al actual director de la SAE (José Daniel Rojas). Aunque este martes la sanción le fue revocada, luego de una conciliación con el alcalde de Barranquilla, para que se quedara con las acciones que la SAE tiene en Triple A.

El silencio de Cabello

El fallo reciente de la Corte Constitucional volvió a recordar la terquedad gerencial de la procuradora Margarita Cabello y que puso en el limbo 1.208 cargos públicos que cada año le cuestan al Estado 169.815 millones de pesos.

Pese a que decenas de juristas le advirtieron a Cabello que su famoso proyecto, a través del cual le otorgó facultades jurisdiccionales a la Procuraduría para sancionar a funcionarios de elección popular, no pasaría un control constitucional, ella insistió con el tema y logró la aprobación en el Congreso.

Ese proyecto es lo que hoy se conoce como la polémica Ley 2094 de 2021, mediante la cual Cabello pretendió cumplir, con apariencia de legalidad, lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tras fallar el caso Petro versus Colombia.

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Como se recordará, ese Tribunal de Justicia Internacional le devolvió los derechos políticos al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quien había sido sancionado con destitución e inhabilidad por el el entonces procurador Alejandro Ordóñez.

La CIDH amparó los derechos de Petro argumentando que una autoridad administrativa, como lo es la Procuradoría, no podía sancionar a los funcionarios de elección popular; recordó que esa potestad solo recae en los jueces e instó al Estado colombiano acatar los tratados internacionales en ese sentido.

A partir de ahí surgió la necesidad de crear una instancia especial para investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios de elección popular y la receta que la procuradora Cabello propuso fue la de adjudicarle funciones jurisdiccionales a la entidad que dirige.

Como era de esperarse, la Corte Constitucional declaró inexequible esa función, especialmente porque la Carta Magna expresamente fijó las funciones administrativas de la Procuraduría y no jurisdiccionales.

“(…) La determinación de las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a funcionarios de elección popular, corresponderá finalmente al juez contencioso administrativo, después de agotado el procedimiento a cargo de la PGN, pues, son contrarias a la Constitución las funciones jurisdiccionales que le asignó la ley 2094 de 2021”, precisó la Corte en un comunicado de prensa.

Pero, en ese mismo comunicado, aparece un asunto que no es de poca monta y podría poner en aprietos a la procuradora Margarita Cabello frente a su juez natural, la Corte Suprema de Justicia.

Los magistrados de la Corte Constitucional que salvaron su voto no pasaron por alto que la procuradora Cabello restructuró la entidad y aumentó la burocracia y el gasto presupuestal bajo la premisa de cumplir las funciones jurisdiccionales que acaban de tumbarle por inconstitucionales.

Esa reforma se ejecutó en la Procuraduría en medio de las fiestas decembrinas de 2021 y, aunque existía cierto secretismo, el asunto y los detalles salieron a la luz pública.

En síntesis y ad portas de dos jornadas electorales (Congreso y Presidencia), la procuradora Cabello tuvo la oportuniad de abrir 1.208 nuevos cargos en su entidad y que le cuestan al erario 169.815 millones de pesos al año.

El tema fue tan cuestionable, que los magistrados constitucionales que salvaron sus votos en el fallo reciente se refirieron al asunto en los sigientes términos:

“(…) La Corte Constitucional, con esta decisión, invalida las funciones jurisdiccionales por su objetiva inconstitucionalidad, pero deja en pie todo el cuerpo burocrático, toda la institucionalidad, inclusive un recurso pensado para algo distinto, y le devuelve a la Procuraduría General de la Nación una función que le había retirado el Congreso de la República (…)”.

Algunos se preguntan: ahora que la Procuraduría no cuenta con las funciones jurisdiccionales que motivó el aumento de su planta de personal, ¿qué pasará con esos funcionarios? ¿Quién responde por el dinero que se pagó por esos cargos, cuyas funciones aún no tenían el visto bueno constitucional?

Otros van más allá y se atreven a cuestionar si la procuradora Cabello renunciaría ante el riesgo de ese presunto y millonario detrimento patrimonial, que supera con creces los de otros funcionarios sancionados por la entidad que ella dirige.

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